Image

LA UIF Y EL SAT APLICAN MEDIDAS PARA LA MITIGACIÓN Y CONTROL DE LOS RIESGOS DE SALUD DERIVADOS DE LA CONTINGENCIA SANITARIA POR EL VIRUS SARS-CoV2 (COVID-19)

A quienes realizan Actividades Vulnerables y a los encargados de cumplimiento.


Que derivado del Acuerdo por el que se establecen las medidas preventivas que se deberán implementar para la mitigación y control de los riesgos para la salud derivados del virus SARS-CoV2 (COVID-19) publicado en el Diario Oficial de la Federación el 24 de marzo del 2020, la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) y el Servicio de Administración Tributaria (SAT) solicitan a quienes realizan Actividades Vulnerables en términos del artí­culo 17 de la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilí­cita, a que documenten cualquier hecho que pudiera ocasionar el retraso en la presentación de los Avisos con la finalidad de que, si fuera el caso, puedan solicitar al SAT autorización
para implementar un Programa de Auto Regularización que incluyan los actos u operaciones realizados a partir del 01 de marzo del 2020 y hasta que concluyan las medidas preventivas determinadas por el Gobierno de México.

Asimismo se les exhorta para que, en caso de contar con información sobre irregularidades que detecten relacionadas con la contingencia del COVID-19, la envíen al correo electrónico contacto_uif@hacienda.gob.mx.

Finalmente, reiteramos que la UIF y el SAT continuarán trabajando para apoyar a quienes realizan Actividades Vulnerables en el cumplimiento de sus obligaciones en materia de prevención de lavado de dinero, por el tiempo que dure la contingencia derivada del COVID-19.

Fuente: https://uif.gob.mx/work/models/uif/imp/ComunicadoCOVID19.pdf


Notarios

Directorio de Notarios