Image

Compraventa, pasos para su formalización.

Compraventa, es un contrato en virtud del cual uno de los contratantes, llamado vendedor, se obliga a transferir el dominio de una cosa o un derecho a otro, llamado comprador, quien a su vez se obliga a pagar un precio cierto y en dinero.


Si quieres adquirir una propiedad, debes tomar en cuenta estos 10 pasos.



1. Acude ante un Notario Público de tu confianza. Antes de firmar cualquier contrato o comprometerte contacta a tu notario.
Contacta a tu Notario

2. El Notario verificará que:
a) La persona que vende el inmueble realmente sea el dueño.
b) Se obtenga el consentimiento de un tercero, por ejemplo: el cónyuge, en caso de que la persona que vende esté casada en sociedad conyugal o bienes mancomunados.
c) No exista un juicio sucesorio pendiente de ser resuelto.
d) La propiedad no tenga alguna hipoteca o cualquier otro gravamen o restricción.

3. Tramitación de certificados, constancias y avalúo. El Notario, iniciará los trámites de:
a) Certificado de existencia o inexistencia de gravámenes, en el Registro Público de la Propiedad del lugar donde esté ubicado en inmueble.
b) Certificado de no adeudo de impuesto predial.
c) Certificado de valor catastral o cédula catastral.
d) Certificado de no adeudo de agua potable o constancia de contar con el servicio.
e) Avalúo del inmueble
f) Constancia de uso de suelo, entre otros.

4. Elaboración y firma de la escritura traslativa de dominio. Cuando toda la documentación esté lista, el Notario elaborará el proyecto de la escritura misma que será leída por el propio fedatario, en voz alta y en unión de todas las personas que intervengan en el acto. En caso de que los contratantes estén de acuerdo, se procederá a la firma de la escritura en el protocolo a cargo del Notario.

5. Pago de la propiedad. Antes de la firma de la escritura, el comprador deberá realizar el pago de la cantidad acordada, al vendedor, misma podrá hacerse, dependiendo del monto, en efectivo, cheque o transferencia interbancaria.

6. Pagos de gastos, impuestos y derechos a cargo del vendedor. Al vendedor le corresponderá el pago del impuesto sobre la renta (ISR) así como de los derechos por la obtención de certificados o constancias de diversas dependencias, como son: el certificado de libertad de gravamen, constancias de no adeudo de contribuciones, constancias de uso de suelo, planos catastrales, entre otros.

7. Pagos de gastos de escrituración. Los gastos a pagar por el comprador son el impuesto local sobre adquisición de inmuebles o traslación de dominio; derechos de registro público; así­ como erogaciones, es decir, pago a gestores, traslados, avalúos, viáticos, entre otros; y finalmente los honorarios del Notario y el correspondiente IVA.

8. Consideraciones para el pago de honorarios e impuestos. Tanto los impuestos como los honorarios del Notario deberán ser pagados directamente al Notario, ya que es el responsable de calcular, retener y enterar los impuestos locales y federales por la compra de bienes inmuebles.

9. Inscripción del testimonio de la escritura en el Registro Público de la Propiedad. Una vez que se han pagado los impuestos, el notario elaborará el testimonio de la escritura correspondiente y tramitará su inscripción en el Registro Público de la Propiedad.

10. Entrega del testimonio inscrito. El proceso de escrituración toma en promedio, y dependiendo de cada entidad federativa, alrededor de 3 semanas. Una vez inscrito el testimonio de tu escritura, la entrega del mismo dependerá de los tiempos que cada Registro Público de la Propiedad maneje para dicho trámite.


Cuando acudas con tu Notario no olvides llevar:
  • Acta de nacimiento.

  • Constancia de la CURP.

  • Credencial para votar vigente.

  • Constancia de situación fiscal.

  • Comprobante de domicilio reciente.



  • Fuente: https://www.adnot.com.mx/noticias.php?id_articulo=69


    Información

    1

    Notarios

    Directorio de Notarios